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El consejo de dirección.

Concepción del concejo de dirección.

El consejo de dirección es el órgano de dirección colegiado de máxima gerarquia de cada escuela ( que pudiera comenzar por un aula en cada territorio) en el que se toman las desiciones de mayor relevancia respecto al quehacer de la escuela en su area geográfica de influencia.

Objetivos de la creación del consejo de dirección.

  1. Propiciar y mejorar el trabajo organizativo, administrativo y de coordinación de las secuelas.
  2. Garantizar preparación y continuidad de la dirección de la escuela.
  3. Crear las bases para la institucionalización del trabajo de las escuelas en los diferentes territorios.

Miembros del consejo de dirección.

El consejo estará integrado por los dirigentes profesionales de la escuela, los especialistas de los eventos que dirige la escuela y las personas que el consejo concidere prudente invitar para la solución de sus necesidades de dirección u administrativas. Estará presidido por el director de la escuela o en su defecto por el subdirector docente.

Funciones fundamentales del consejo.

  1. Velar por la planificación optima del trabajo de la escuela.
  2. Velar por el cumplimiento de los objetivos y planes de la escuela.
  3. Velar por la preparación y cumplimiento optimos de los planes de estudios de la escuela.
  4. Velar por la preparación optima de los profesores de la escuela.
  5. Velar por el cumplimiento del calendario de eventos de la escuela.
  6. Constribuir a la mejor organización interna de la escuela.
  7. Analizar nuevas ideas de trabajo y tomar decisiones al respecto.
  8. Aunar criterios sobre cualquier cuestión administrativa o de dirección de la escuela de relevancia.

Facultades del consejo.

  1. Evaluar el cumplimiento de los planes de trabajo de la escuela.
  2. Aprobar los planes de trabajo de la escuela.
  3. Aprobar las estrategias de trabajo para dar cumplimiento a los objetivos trazados por la escuela.
  4. Aprobar  los informes que rinde la escuela a los órganos superiores de dirección o hace públicos.
  5. Tomar desiciones respecto a nuevas ideas sobre el trabajo de la escuela.
  6. Intervenir en la toma de decición hacerca de las cuestiones referentes al claustro de profesores.
  7. Aceptar a los profesores para el desempeño de sus funciones.
  8. Liberar de sus funciones a los profesores.
  9. Aceptar a los dirigentes de la escuela para el desempeño de sus funciones.
  10. Liberar a los dirigentes de la escuela de sus funciones a los profesores.

Reglamento del consejo.

  1. El consejo se reunirá una vez mensual y exepcionalmente dos, con un órden del día bién definido.
  2. Las reuniones del consejo se programarán con un mes de antelación como mínimo.